DIP. JORGE ARIZMENDI GARCÍA:
Muchas gracias.
Traigo un tema para presentarlo ante este Pleno, pero antes, decirle al diputado Fidel Demédicis que, desde luego, no somos diputados omisos, usted lo sabe, hemos estado solidarios con los compañeros del Sindicato Mexicano de Electricistas y qué bueno que lo señala porque, efectivamente, aquí se marca la diferencia de una Legislatura a otra, quienes verdaderamente tenemos voluntad de estar del lado de la gente o quienes, cómodamente, nos hacemos los sordos.
Yo creo que es importante que, finalmente, el Congreso dé la nota y demuestre la capacidad que tiene para defender los derechos de los demás, porque hoy son los compañeros del Sindicato Mexicano de Electricistas y mañana no sabemos quién.
Es importante que la sociedad vea en sus diputados agentes positivos de cambio, de cambio auténtico, que podamos dar cauce a las hondas preocupaciones y carencias de la sociedad y desde luego no diputados pusilánimes, endebles, frágiles, no se puede.
Yo estoy con usted, diputado y desde luego, avanzaremos en los términos que requiera la sociedad.
¡Qué bueno! Compañero diputado, que nos convocas a la unidad, pero te convoco a la congruencia, no se puede escupir la cara y pedir perdón, vamos construyendo auténticamente la unidad en torno a la sociedad que reclama diputados diferentes. Me parece que tu mensaje es oportuno, pero no me parece del todo congruente.
HONORABLE ASAMBLEA
LOS QUE SUSCRIBEN, JORGE ARIZMENDI GARCÍA, JULIO ESPÍN NAVARRETE, GABRIEL MIGUEL HADDAD GIORGI, LILIA IBARRA CAMPOS, JOVITA HERRERA GUTIÉRREZ, ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA Y ESTEBAN GAONA JIMÉNEZ, DIPUTADOS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN LA QUINCUAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE NOS CONFIERE EL ARTÍCULO 18 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA PARA EL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS, PRESENTAMOS AL PLENO DEL PODER LEGISLATIVO, PROYECTO CON ACUERDO PARLAMENTARIO EN ARREGLO A LAS SIGUIENTES:
C O N S I D E R A C I O N E S
Es facultad del Poder Legislativo en los ámbitos jurídico, político y financiero ejercer actos de control sobre la administración pública y sus funcionarios, a efecto de garantizar el cumplimiento programático de las metas y objetivos de las entidades públicas del Estado.
Cerciorarse de la aplicación de los recursos públicos de la hacienda federal, estatal y municipal, así como de la actuación de los servidores o empleados gubernamentales es una atribución explícita en el orden jurídico nacional y el particular de los Estados de la República.
En el margen imperativo-atributivo del Congreso del Estado de Morelos, los legisladores que lo encarnan y materializan, constituyeron un órgano superior de fiscalización encargado de revisar el ejercicio financiero de los sujetos indicados en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Morelos.
Del análisis al contenido de la Ley de Fiscalización Superior, se desprende la sustracción del Poder Legislativo de la supervisión financiera y administrativa de parte de un órgano neutral, que sea capaz de garantizar que los recursos del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado, que el propio Congreso determina para sí mismo, estén ejerciéndose bajo los principios axiológicos y jurídicos de la probidad, eficiencia, imparcialidad y objetividad que deben caracterizar la administración de los recursos provenientes del Erario Público.
Desde luego, los legisladores que nos precedieron, pensaron en generar un mecanismo ajustado a la morfología institucional, conveniente, colegiado, integrado por ellos mismos, que hasta la fecha tiene la facultad exclusiva de ejercer el control de vigilancia sobre la administración financiera y patrimonial del Congreso del Estado. Me refiero al Comité de Vigilancia referenciado en el artículo 86 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado de Morelos.
No es suficiente, no es satisfactorio, no es recíproco a los intereses de la sociedad y de los morelenses representados en este Recinto por cada uno de nosotros.
Señores diputados, los invito a la reflexión, los convido a la actuación prolija de nuestra actividades en el aparato legislativo. Pongamos el ejemplo desde nuestra casa y revistamos de moral y legitimidad la labor que ejercitamos a través de la Auditoría Superior de Fiscalización.
Instruyamos llevar a cabo una auditoría a los estados financieros y de la administración del Congreso del Estado. Transparentemos nuestra actuación por medio de una firma externa que nos audite y garantice con imparcialidad la factibilidad de sus resultados.
A ninguno de nosotros escapa que estuve a cargo de uno de los órganos de gobierno y dirección de este colegiado legislativo. Si soy capaz de solicitar esta intervención, es porque tengo la certeza y la convicción que nada ocultamos.
Teniendo la certeza de la razón que nos asiste en los argumentos anteriormente expuestos, a ustedes, diputados de la Quincuagésima Primera Legislatura del Congreso del Estado, sometemos a su consideración el siguiente:
ACUERDO PARLAMENTARIO
Artículo Primero.- Instrúyase al Comité de Vigilancia del Congreso del Estado a expedir la convocatoria pertinente para hacer concurrir a los colegios de contadores y a los despachos contables, que habrán de valorarse para la designación de uno de éstos por Pleno, con el propósito que realice la auditoría externa del periodo correspondiente del 6 de octubre de dos mil nueve al 14 de mayo de dos mil diez.
Artículo Segundo.- El Comité de Vigilancia, formulará las reglas de operación para llevar a cabo el proceso que iniciará con la convocatoria, propondrá al Pleno las opciones de personas físicas o morales especializadas en auditorías externas y culminará con los resultados que deberán ser informados ante la Asamblea por un representante del colegio de contadores o el despacho contable designado por el Pleno.
Artículo Tercero.- Se consulte a la asamblea si es de aprobarse el presente acuerdo de urgente y obvia resolución, con base en el artículo 112 del Reglamento del Congreso del Estado.
Artículo Cuarto.- Instrúyase a las instancias administrativas del Congreso para que den trámite al presente acuerdo.
T R A N S I T O R I O S
Primero.- Aprobado que sea el presente acuerdo parlamentario, el Comité de Vigilancia del Congreso del Estado, a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Legislativa, contará con quince días hábiles para formular las reglas de operación y treinta días hábiles para expedir la Convocatoria de la que trata el artículo primero.
Recinto Legislativo a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil diez.
A T E N T A M E N T E
DIPUTADOS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
DIP. JORGE ARIZMENDI GARCÍA; DIP. GABRIEL MIGUEL HADDAD GIORGI; DIP. JULIO ESPÍN NAVARRETE; DIP. ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA; DIP. LILIA IBARRA CAMPOS; DIP. JOVITA HERRERA GUTIÉRREZ; DIP. ESTEBAN GAONA JIMÉNEZ.
Es cuanto
- APERTURA DEL PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESIONES 01 DE SEPTIEMBRE DEL 2009
- SESIÓN DEL 08 DE SEPTIEMBRE DE 2009
- SESIÓN DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009
- SESIÓN DEL 17 DE SEPTIEMBRE DE 2009
- SESIÓN DEL 6 DE OCTUBRE DE 2009
- SESIÓN DEL 6 DE OCTUBRE DE 2009
- SESIÓN DEL 15 DE OCTUBRE DEL 2009.
- SESIÓN DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL 2009.
- SESIÓN EL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL 2009.
- SESIÓN DEL DÍA 5 DE NOVIEMBRE DEL 2009.
- APERTURA DEL SEGUNDO PERIODO ORDINARIO SESIÓN DEL DÍA 1 DE FEBRERO DEL 2010.
- SESIÓN DEL 11 DE FEBRERO DE 2010.
- SESIÓN DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL 2010.
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- SESIÓN DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL 2010.
- SESIÓN DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL 2010.
- SESIÓN DEL DÍA 6 DE MAYO DEL 2010.
- SESIÓN DEL 6 DE MAYO DEL 2010.
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- SESIÓN DEL DIA 27 DE MAYO DEL 2010.
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